Quantcast
Viewing all articles
Browse latest Browse all 76

Por: CHRISTIAN ALBERTO MUÑOZ ORTIZ

Les comparto mi caso con la demanda que puse en CONDUSEF:

Con fundamento en los artículos 53,59,Bis l, de la Ley de protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, vengo a presentar formal reclamación en contra de Qualitas Compañía de Seguros, S.A de C.V.

Reclamando me sea pagado la reparación de daños en forma inmediata de mi automóvil BMW 2009 como consecuencia de inundación ocurrida el pasado 25 de Agosto del 2016 y reportado a Qualitas Compañía de Seguros ese mismo día con el Numero de Folio- QCS 3587871 de acuerdo a la Declaración Universal de Accidente y
Folio-4079579, BIT-45985 Según Orden de Admisión Automóviles y No de Reporte-892329 según el Sr. Pedro Lira (Supervisor de Siniestros).De acuerdo a la póliza de Seguro contratada No- 0520118821 y que tengo derecho.

Lo anterior por no obtener respuesta por parte de Qualitas Compañía de Seguros, S.A de C.V. y en especial el área de Siniestros Sr. Pedro Lira (Supervisor de Siniestros) y el Sr. Juan Carlos Zamarripa ( Coordinador de Siniestros).
de acuerdo a los siguientes hechos.

HECHOS
1) Con Fecha 25 de Agosto del 2016 a las 19:40 PM circulando por la Av. Sierra Leona a la altura del Rio Santiago, el río se desbordó y el coche se detuvo por completo sin poder arrancar. Después de esto, la corriente arrastro el carro haciendo que éste impactara en la facia trasera con una guarnición. Posteriormente llego la Policía Estatal prestando auxilio a los automóviles varados y sacarme de esta zona.
Una vez ocurrido esto y viendo que mi automóvil se encontraba sin posibilidad de circular por el agua que había entrado al motor, hablé a la compañía de Seguros Qualitas , para reportar el siniestro con el Número de declaración de accidente Folio-QCS3587871 de acuerdo a la Póliza No- 0520118821 que tengo contratada con esta compañía de Seguros y asignándome al taller LUMI Automotriz a lo cual les hice saber que en este taller no dominaban la marca de mi automóvil y me comentaron que por procedimiento y año del automóvil tenía derecho la compañía de seguros de mandar a talleres alternos y no al taller de la marca de mi automóvil y que en un plazo no mayor a tres días darían el presupuesto para el arreglo.

2) Después de hablar en forma personal así como telefónicamente desde el día 26 de Agosto un sin número de veces con el Sr. Pedro Lira (Supervisor de Siniestros ) y el Sr. Juan Carlos Zamarripa ( Coordinador de Siniestros ), siendo hoy 03 de Octubre aun no se tiene una respuesta positiva de mi unidad indicándome que faltan piezas por cotizar.
Cabe aclarar que el taller no cuenta con la infraestructura y herramientas necesarias para la reparación de un motor de estas características siendo el mismo personal del taller asignado LUMI que comentó que han tenido que comprar herramientas especiales en AUTOZONE por que en el taller no cuentan con este tipo de herramienta y poder desarmar el motor para estar en posibilidades de emitir un diagnóstico lo cual deja mucho que desear si este taller llegara a reparar el motor de mi automóvil.

Por el tiempo transcurrido ( 39 días ) y lo anteriormente comentado viola y existe un incumplimiento de contrato celebrado con Qualitas Compañía de Seguros y un servidor de acuerdo a la Clausula 6ª y me faculta para reparar mi unidad y exigir su importe a la compañía de seguros.

Por lo antes expuesto y fundado solicito a esa H Comision se sirva:

1) Me autorice mover mi unidad al taller de mi preferencia o bien de la Marca para su pronta reparación de acuerdo a la Clausula 6ª que me faculta del Contrato celebrado con Qualitas Compañía de Seguros ,S.A de C.V.
2) Con las copias simples que exhibo, ordenar se corra traslado a la compañía de seguros Qualitas Compañía de Seguros, S.A de C.V. para que conteste de manera razonada a todos y cada uno de los hechos de mi reclamación.

A T E N T A M E N TE

CHRISTIAN ALBERTO MUÑOZ ORTIZ


Viewing all articles
Browse latest Browse all 76

Trending Articles